Cuánto es la multa por ir en patinete sin casco

  • Barcelona: La edad mínima para conducir es de 16 años. Está permitido circular por el carril bici en la acera y en la zona 30, en ambos casos con condiciones. Se permite el estacionamiento en áreas designadas. Se prevén multas de hasta 100 euros por infracciones leves, hasta 200 euros por las graves y hasta 500 euros por las muy graves.
  • Madrid: La edad mínima para conducir es de 15 años. Las posibles zonas de circulación son las vías ciclistas, los carriles bici, las vías ciclistas, las calles integradas en la zona 30 y las calles donde la velocidad máxima sea de 30 kilómetros por hora. Los scooters de alquiler deben estar asegurados y usarse con casco.
  • Valencia: La edad mínima para conducir es de 16 años. Está prohibido circular por las aceras, excepto los coches más pequeños, que pueden circular a 10 km/h. Está permitido en carriles bici, vías de un solo sentido y calles de la zona 30 a una velocidad máxima de 30 km/h.
  • Bilbao: La edad mínima para conducir es de 16 años. En los itinerarios señalizados en los parques y jardines se autorizará la circulación cuando las aglomeraciones lo permitan, evitando el tráfico en zigzag entre personas y su avance a una distancia inferior a un metro y con una velocidad máxima de 10 km/h. Esta misma normativa se aplica a algunas calles del Casc Vell (de la Creu, Portal de Zamudio y Ronda), quedando prohibido el tráfico en el resto.
  • Sevilla: La edad mínima para conducir es de 15 años. Pueden circular por carretera (velocidad máxima 25 km/h) y por carriles bici (15 km/h). En el caso de vías ciclistas compartidas con peatones, deberán reducir la velocidad a 10 km/h. Se prevén sanciones de hasta 400 euros por conducir vehículos de movilidad personal no autorizados o infringir la normativa.
  • En Coruña: La edad mínima para conducir es de 15 años. Se limita a una velocidad máxima de 20 km/h para carriles bici y de 10 km/h para carriles bici donde comparten espacio con peatones. Los VMP de propiedad privada no comercial pueden estacionar en espacios reservados para estacionar bicicletas.
  • Zaragoza: No hay edad mínima para conducirlo. Su circulación está limitada a carriles bici y vías de un solo sentido, cuya velocidad está limitada a 30 km/h o menos.
Índice
  1. ¿Es obligatorio registrar mi patinete eléctrico?
    1. Uso de dispositivos móviles y auriculares

¿Es obligatorio registrar mi patinete eléctrico?

No es obligatorio matricular un patinete eléctrico para circular en él, siempre que no tenga asientos y circule a un máximo de 25 kilómetros por hora.

Sí, aquellos patinetes eléctricos que han sido modificados para convertirlos en ciclomotores de categoría L1E, o lo que es lo mismo, aquellos que incorporan asiento y alcanzan un mínimo de 50 kilómetros cada vez

Uso de dispositivos móviles y auriculares

Si conduces un patinete eléctrico mientras hablas por el móvil, envías mensajes o navegas por Internet, la multa es de 200 euros porque está prohibido viajar con el móvil. También puede recibir multas en patinetes eléctricos si usa auriculares conectados a un reproductor de música o receptor de sonido.

Quizás se esté preguntando si puede usar un auricular para hablar por teléfono mientras conduce. La respuesta es que tampoco se pueden utilizar de esta forma porque la normativa lo considera conducción distraída. Si recibe una llamada, deténgase de manera segura y conteste el teléfono, o deje que suene y llame cuando llegue a su destino. Además de evitar distracciones, te ahorrarás una multa.

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