Cuando no aplica una garantía
Las dudas que siempre has tenido sobre las garantías de los productos hoy, te las vamos a aclarar de una vez por todas:
¿Qué es la garantía?
Garantía sobre productos de segunda mano
Respecto a los productos de segunda mano, la normativa es exactamente la misma salvo en un punto: la duración mínima legal pasa a ser de un año. El resto de puntos y derechos – sustitución o reparación, rebaja de precio o devolución, etc. – no cambia en absoluto.
Sí, es importante recordar, como mencionamos, que aunque se trate de productos usados, es necesario asegurarse de que el vendedor sea un empresario que se dedique a la venta de productos y no cualquier particular. , ya que en este último caso no existe ningún derecho legal de garantía.
¿Qué incluye la garantía de un producto?
El artículo 11 de la Ley 1480 de 2011 indica que la garantía comprende los siguientes aspectos:
- Como regla general, la reparación totalmente gratuita de los defectos del bien, así como su transporte, si es necesario, y suministro oportuno de repuestos. Si el bien no se puede reparar, se reemplazará o se devolverá el dinero.
- En caso de reincidencia y teniendo en cuenta la naturaleza del bien y las características del defecto, a elección del consumidor, se realizará una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o permuta parcial o total del bien por otro de la misma especie, de similares características o especificaciones técnicas, que en ningún caso podrá ser inferior a las del producto que dio lugar a la garantía.
- En caso de prestación de servicios, en caso de incumplimiento, el consumidor optará por la prestación del servicio en las condiciones en que fue contratado o el reembolso del precio pagado.
- Proporcionar instrucciones para la instalación, mantenimiento y uso de los productos según su naturaleza.
- Disponer de asistencia técnica para la instalación, mantenimiento de los productos y su uso, de acuerdo con su naturaleza. El soporte técnico puede tener un costo adicional al precio.
- La entrega material del producto y, en su caso, el registro correspondiente en tiempo y forma.
- Contar con la disponibilidad de repuestos, repuestos, insumos y mano de obra calificada, aún después del vencimiento de la garantía, por el tiempo establecido por la autoridad competente, y en su defecto, anunciado por el productor en el caso de que no se haya anunciado el tiempo de disponibilidad de repuestos, partes, insumos y mano de obra calificada, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por información insuficiente, será el de las condiciones ordinarias y habituales del mercado para productos similares. Los gastos a que se refiere este párrafo serán de cargo del consumidor, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 de este artículo.
- Las partes, insumos, accesorios o componentes adheridos a bienes inmuebles que deban ser cambiados para la vigencia de la garantía podrán ser de igual o mejor calidad, pero no necesariamente idénticos a los instalados originalmente.
- En caso de prestación de servicios que impliquen la entrega de un bien, repararlo, sustituirlo por otro de las mismas características, o pagar su equivalente en dinero en caso de destrucción parcial o total causada al ocasión del servicio defectuoso. Para los efectos de este párrafo, el valor del inmueble se determina de acuerdo a sus características, estado y uso.
Plazo de garantía para productos de segunda mano
Si el producto es de segunda mano, el vendedor (persona jurídica) y el consumidor comprador pueden pactar un plazo inferior, que nunca podrá ser inferior a un año a partir de la fecha de entrega.
Y si es otro particular el que te vende el producto de segunda mano, aquí ya no existe ninguna relación de consumo. Entra en juego el Código Civil, que establece que la compraventa entre particulares debe ir acompañada al menos de una garantía de seis meses. Y si lo que compras tiene vicios ocultos semanas después, puedes solicitar la resolución del contrato pagando el precio pagado (acción redentora) o la acción quanta minoris (reduciendo una cantidad proporcional al precio, según la opinión de los peritos, debido a la apreciación de defectos ocultos).
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