Cuáles son los patinetes tipo B
Una de las desventajas de los patinetes eléctricos clásicos es que siempre tienes que andar erguido. Esto puede ser agotador para algunas personas o causar dolor de espalda o de rodilla. En estos casos existe un complemento perfecto para equipar el scooter con un asiento y permitir al piloto conducir en una posición relajada.
Se trata de un sillín desmontable fijado a la plataforma base del patinete y regulable en altura. De esta forma podemos ajustarlo a la distancia que queramos y nos resulta más cómodo. También incorporan un resorte en la parte superior para proporcionar algo de amortiguación para absorber pequeños baches en el terreno. Los precios rondan los 40€ y solo tienes que asegurarte de que el sistema de fijación de la base es compatible con tu modelo de patinete.
Edad mínima patinete eléctrico
Aunque andar en patinete pueda parecer cosa de chicos, ahora con la normativa patinete eléctrico se considera un vehículo (VMP).
Es por esto que la edad mínima permitida para conducir un patinete eléctrico es de 16 años.
Juguetes:
Este tipo de juguetes no se consideran vehículos como tales por ser más pequeños y menos potentes (si son eléctricos). Son aquellos patinetes de tracción humana o pequeños aparatos con motores eléctricos que no superan una velocidad de 6 km/h. Pueden caminar por las aceras y no se requiere identificación.
Dispositivos con motores eléctricos y velocidades de hasta 25 km/h (monociclos eléctricos, patinetes eléctricos, Segways). No se pueden utilizar en las aceras. Dentro de este tipo de vehículos, existen tres categorías en función de su altura o del grado de peligrosidad que pueda suponer:
Tipo B, Patinete eléctrico que supera los 25 km/h
Si tu vehículo en este caso, no quiere decir que sea ilegal, simplemente que si quieres circular de forma legal, tendrás que realizar los siguientes trámites para legalizarlo:
- Deberás registrarlo
- Contrata un seguro para tu scooter.
- Tener carnet de conducir y pagar el impuesto municipal correspondiente.
- Estar en posesión del carné o licencia de conducir en vigor.
Uso obligatorio del casco
En cuanto al uso del casco, en Barcelona son más exigentes que en Madrid, donde al igual que con la bicicleta, los menores de 16 años con vehículos de movilidad urbana (eléctricos scooters y Segways) deben usar casco.
En Barcelona, los usuarios de vehículos de tipo A deben circular con casco siempre que formen parte de un servicio público y compartido o de una actividad comercial, turística o de ocio lucrativa. En caso de uso personal de estos dispositivos, solo se recomiendan auriculares.
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